Qué abarca el mantenimiento del salario durante una formación
En Francia, un trabajador asalariado que quiera cambiar de oficio puede, bajo ciertas condiciones, ausentarse de su puesto para seguir una formación con certificación y seguir cobrando. Este mecanismo se llama proyecto de transición profesional, a menudo abreviado como PTP. Sustituyó al antiguo permiso individual de formación y se apoya en la cuenta personal de formación, que sirve de puerta de entrada financiera.
Lo esencial es que el mantenimiento del salario no es un derecho automático. Depende de dos decisiones distintas: la autorización de ausencia que da la empresa y, después, la financiación que concede la asociación regional encargada de examinar los expedientes, llamada Transitions Pro. Una formación puede ser aceptada por una y no por la otra, y el ingreso durante la formación depende de la segunda decisión.
Durante la ausencia, el contrato de trabajo queda suspendido en cuanto a la obligación de presencia, pero sigue vigente. El tiempo de formación se considera tiempo de trabajo efectivo: las vacaciones pagadas siguen generándose y se mantiene la protección social.
Quién puede solicitarlo: la antigüedad exigida
Las condiciones se refieren primero a la experiencia profesional. Para un asalariado con contrato indefinido, hay que haber trabajado al menos dos años como asalariado, de forma continua o no, de los cuales uno en la empresa actual. La antigüedad se valora en la fecha de inicio de la formación, lo que a veces deja margen para esperar unas semanas antes de presentar la solicitud.
Para un asalariado con contrato temporal, la regla es diferente: dos años de actividad asalariada en los últimos cinco años, incluidos cuatro meses en contrato temporal en los últimos doce meses. Los trabajadores de empresas de trabajo temporal y algunos intermitentes se rigen por disposiciones particulares que conviene confirmar con la asociación regional.
Muchos perfiles se equivocan al pensar que su trayectoria «cuenta» automáticamente. Los periodos de prácticas, de servicio cívico o de trabajo por cuenta propia no entran en el cómputo de la actividad asalariada. Reúne tus nóminas y tus contratos antes de cualquier trámite para hacer un recuento preciso.
Cuánto se cobra: el cálculo del salario de referencia
La remuneración durante el proyecto no es libre: se calcula a partir de un salario medio de referencia, establecido sobre los últimos doce meses en el caso de un contrato indefinido o sobre los últimos cuatro meses de contrato temporal para los asalariados afectados. Después se aplica un porcentaje según el nivel de ese salario, conforme a las normas aplicables en 2026.
- Salario de referencia de hasta dos veces el salario mínimo mensual (algo más de 3.700 euros brutos según la página oficial consultada): la remuneración equivale al 100 % de ese salario.
- Por encima de ese umbral, para una ausencia de un año como máximo: el 90 % del salario de referencia.
- Por encima de ese umbral, para una ausencia de más de un año: el 90 % el primer año y luego el 60 %, con un suelo igual al umbral para los asalariados con contrato indefinido.
Estos valores evolucionan con el salario mínimo y con la normativa; antes de calcular tu presupuesto, pide a la asociación regional que te confirme el umbral y el porcentaje aplicables a tu situación.
Quién paga realmente: la empresa adelanta y la asociación reembolsa
En la práctica, el trabajador sigue recibiendo su salario por el circuito habitual de la nómina. La empresa abona la remuneración y después se la reembolsa la asociación que financia el proyecto, dentro del límite de la decisión de financiación. Por eso la empresa es un actor concreto del dispositivo, aunque al final no financie nada con su dinero.
Para que este circuito funcione, hay dos puntos que conviene aclarar por escrito con el departamento de recursos humanos: la fecha exacta de inicio de la ausencia y el nivel de remuneración previsto. Una diferencia entre lo que reembolsa la asociación y lo que la empresa paga habitualmente, por ejemplo en pluses variables, puede causar malentendidos si no se ha precisado nada de antemano.
Ten presente que la decisión de financiación también puede cubrir los gastos pedagógicos y, según los casos, una parte de los gastos anexos como el transporte, las comidas y el alojamiento. Estas partidas se tratan aparte del salario y deben constar en el expediente.
Los trámites con la empresa y el calendario que hay que respetar
La solicitud de autorización de ausencia se hace por escrito, preferiblemente por carta certificada con acuse de recibo. Los plazos dependen de la formación prevista:
- para una formación de seis meses o más, seguida de una sola vez a tiempo completo, la solicitud debe llegar a la empresa como máximo 120 días naturales antes del inicio;
- para una formación más corta, a tiempo parcial o en varios periodos, el plazo es de 60 días naturales.
La empresa tiene treinta días para responder; si no responde en ese plazo, la autorización se considera concedida. Sin embargo, puede aplazar la salida hasta nueve meses si la ausencia perjudica a la empresa, o diferir la solicitud cuando ya hay demasiados trabajadores ausentes al mismo tiempo.
El expediente de financiación se presenta ante la asociación regional del lugar de residencia o de trabajo. Esta comprueba, entre otras cosas, que la formación sea elegible para la cuenta personal de formación y que conduzca a una certificación. Conviene anticiparse: las sesiones de examen de los expedientes siguen un calendario, y el inicio de la formación puede quedar fijado antes de la decisión si te demoras.
Un ejemplo con cifras para visualizar el presupuesto
Tomemos una ilustración con cifras redondas e hipotéticas. Una trabajadora con contrato indefinido tiene un salario de referencia de 2.800 euros brutos al mes. Sigue una formación con certificación de diez meses a tiempo completo. Su salario de referencia es inferior al umbral mencionado más arriba, así que percibe el equivalente al 100 % de esa cantidad, es decir, 2.800 euros brutos mensuales, como si trabajara.
Un compañero, en cambio, tiene un salario de referencia de 4.500 euros brutos y prevé una formación de dieciocho meses. Durante los doce primeros meses cobra el 90 %, es decir, 4.050 euros brutos; después el porcentaje baja al 60 %, pero con contrato indefinido el importe no puede ser inferior al umbral de dos veces el salario mínimo. El cálculo exacto debe confirmarlo la asociación regional.
En ambos casos, añade al presupuesto los gastos que el salario no cubre: desplazamientos no financiados, material, posible cuidado de hijos y alquileres que no bajan durante el periodo.
Preparar un expediente sólido: proyecto, formación y argumentos
La asociación examina la coherencia del proyecto, no solo el coste de la formación. Un expediente convincente expone el oficio al que se aspira, las razones del cambio, las gestiones ya realizadas para comprobar las salidas profesionales y la relación entre la formación elegida y la certificación que se obtiene.
Los elementos que suelen contar son:
- una presentación escrita del proyecto, con entrevistas exploratorias realizadas a profesionales del oficio elegido;
- el programa detallado de la formación, su duración, su coste y la certificación que otorga;
- el justificante de antigüedad y las nóminas recientes;
- el acuse de recibo de la solicitud de ausencia dirigida a la empresa.
Existe un acompañamiento gratuito para construir el proyecto: el asesoramiento en evolución profesional, que ofrecen varios operadores, ayuda a aclarar los objetivos, a detectar pasarelas entre oficios y a elegir la financiación adecuada antes de comprometerse.
Los errores frecuentes que salen caros
El primer error es firmar la inscripción en la formación antes de haber obtenido el acuerdo de financiación. Si se rechaza la solicitud, el trabajador queda comprometido con el centro sin cobertura, lo que puede suponer varios miles de euros.
El segundo es confundir autorización de ausencia y financiación: el visto bueno verbal de un responsable no vale como ninguna de las dos. Exige decisiones por escrito y consérvalas.
El tercero es olvidar el final del recorrido. La empresa debe informar al trabajador, tres meses antes de que acabe la formación, de la posibilidad de recuperar su puesto o uno equivalente; el trabajador dispone de un mes para responder, y si no lo hace se considera que acepta la reincorporación. Quien ya haya encontrado otro empleo debe, por tanto, reaccionar dentro del plazo.
Por último, muchos subestiman los periodos sin cobertura: el tiempo entre el final de la formación y la primera nómina del nuevo oficio, o el periodo de exámenes tras el fin de las clases.
Comparar con otras fuentes de ingresos durante una formación
El proyecto de transición profesional se dirige a asalariados en activo. Otras situaciones se rigen por otras reglas: una persona desempleada puede cobrar la prestación de retorno al empleo durante su formación, o una remuneración abonada en concepto de formación profesional; un asalariado también puede movilizar su cuenta personal de formación dentro o fuera del horario de trabajo, sin mantenimiento íntegro del salario; y la reconversión o promoción mediante alternancia utiliza un contrato específico.
La elección depende de tu estatus, de la duración del cambio y de la flexibilidad de tu empresa. Para una formación corta, negociar con la empresa un plan de desarrollo de competencias resulta a veces más sencillo que montar un expediente de financiación externa. Para un verdadero cambio de oficio, en cambio, el proyecto de transición sigue siendo el dispositivo más adecuado para quien quiere conservar un ingreso.
Preguntas frecuentes
¿Se mantiene mi salario al 100 % durante el proyecto de transición profesional?
Depende de tu salario de referencia. Hasta dos veces el salario mínimo mensual, la remuneración equivale a la totalidad de ese salario. Por encima se reduce al 90 % y luego al 60 % tras un año de formación. Pide a la asociación regional que confirme las reglas aplicables en 2026 antes de fijar tu presupuesto.
¿Quién paga en concreto mi remuneración durante la formación?
Por lo general, tu empresa sigue pagándote por la vía habitual y después la asociación que financia el proyecto se lo reembolsa, dentro del límite de la decisión de financiación. Concreta por escrito con el departamento de nóminas las fechas y el importe previsto, sobre todo en lo que se refiere a los pluses.
¿Puede mi empresa negarse a que me vaya a formarme?
No puede negarse libremente, pero sí aplazar la salida hasta nueve meses si la ausencia perjudica a la empresa, o diferirla cuando hay demasiados trabajadores ausentes. Si no responde en treinta días tras tu solicitud por escrito, la autorización se considera concedida.
¿Qué antigüedad hace falta para presentar un expediente?
Con contrato indefinido, dos años de actividad asalariada, uno de ellos en la empresa actual. Con contrato temporal, dos años en los últimos cinco, incluidos cuatro meses en contrato temporal en los últimos doce meses. La antigüedad se calcula en la fecha de inicio de la formación.
¿Se cubren los gastos de transporte y comidas?
Pueden cubrirse, además de la remuneración y de los gastos pedagógicos, según la decisión de la asociación y los topes vigentes. Indica estos gastos en el expediente con estimaciones precisas y conserva los justificantes para cualquier reembolso.
¿Qué ocurre al final de la formación?
La empresa debe informarte, tres meses antes del final, de que puedes recuperar tu puesto o uno equivalente. Dispones de un mes para responder. Si no contestas, se considera que aceptas la reincorporación, algo que importa si ya tienes otra perspectiva.
¿Se puede financiar una formación sin certificación?
El dispositivo se dirige a una formación elegible para la cuenta personal de formación y que conduzca a una certificación. Una formación puramente interna o sin reconocimiento queda fuera de este marco. Comprueba la elegibilidad del programa con la asociación regional antes de inscribirte.
